Un inusitado conflicto legal generado por la importación y exportación de restos humanos ha provocado que dos cargamentos con 30 piernas humanas se mantengan en manos de las autoridades de Chile en el Aeropuerto Internacional de Santiago, la capital del país.
De acuerdo con el reporte de la prensa chilena, las extremidades desde se encuentran retenidas desde septiembre de 2024 y cumplieron un año en la terminal aeroportuaria desde que fueron importadas desde EE.UU. por la empresa local Centro de Entrenamiento Médico Quirúrgico SpA (CEMQ).
El cargamento no pasó la revisión de Aduanas debido a que la normativa vigente en Chile no permite la comercialización de restos humanos, ni siquiera la compra y venta de material cadavérico para fines docentes, porque solo se permite la donación explícitamente consentida por la persona antes de morir o por sus familiares.
Según informó El Mercurio, la empresa chilena recurrió a la justicia para introducir un amparo económico ante la Corte de Apelaciones de Santiago, al argumentar que la negativa del Estado a liberar los restos humanos almacenados, vulneraría su derecho a desarrollar la actividad comercial.
La compañía sostiene que ante "la escasez existente" de ese material humano, "que solo puede conseguirse a través de programas de donaciones", ellos se vieron en la necesidad de adquirirlo en el extranjero "cumpliendo todas las reglas sanitarias de origen".
Además, alegan que las piernas serán utilizadas para "educación superior, sociedades médicas, profesionales de la salud y empresas". "Este es un tema que afecta el acceso a la capacitación de médicos cirujanos", añadió la empresa.
De acuerdo con lo comunicado por la compañía, desean "contribuir a la búsqueda o construcción de soluciones que permitan resolver este problema".
¿Qué dicen las autoridades?
Las autoridades chilenas, citadas por los medios locales, sostienen que los cuerpos o sus partes solo pueden obtenerse de cuatro formas:
- Cuando una persona deja constancia notarial de su voluntad de donar.
- Si la familia lo autoriza ante un ministro de fe.
- Si el cuerpo no es reclamado en 24 horas desde un centro asistencial.
- Cuando permanece sin retiro en el Servicio Médico Legal tras 72 horas.
En diciembre de 2024, luego que la compañía introdujera la primera apelación contra la retención de los restos, la Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso de amparo económico interpuesto en contra de la Subsecretaría de Salud Pública por no visar la importación de material cadavérico para los fines descritos.
En fallo unánime, se descartó "el actuar arbitrario e ilegal atribuido a la subsecretaria por el Centro de Entrenamiento Médico Quirúrgico SpA, al limitarse a informar a la recurrente sobre la normativa vigente que regula la materia consultada, la cual no contempla la posibilidad de importar muestras de cadáveres para fines educacionales, docentes o investigativos", dice el Poder Judicial chileno.
Luego de esa decisión, la compañía impuso otra apelación, motivo por el que el caso se encuentra en manos de la Corte Suprema del país, la máxima instancia judicial, donde el conflicto legal llegará a una resolución en la que se determinará si finalmente la empresa puede acceder a las piernas humanas para sus programas de formación o no.